¿Censura o caciquismo judicial?
Acabo de enterarme, vía Pablo Santiago que al director de una revista granadina titulada "El batracio amarillo", lo han condenado a una sanción dineraria, a satisfacer las costas del proceso judicial y a un año de prisión porque en cuatro ocasiones -eso me ha parecido leer- ironizó, a través de viñetas y otros elementos gráficos, sobre las andanzas un tanto extrañas del por el entonces alcalde de Motril, Luis Manuel Rubiales López. Extraigo un trozo del artículo:
"Las razones que han motivado la pena de un año de cárcel para A.J. Martín Merlo y las multas asociadas fueron: una historieta más una sopa de letras satírica en las que se caricaturizaba a un alcalde rapaz, a lo que habría que sumar un pasatiempo sardónico y un epigrama elaborados con el mismo objetivo (denunciar la supuesta corrupción), todo ello publicado en el núm. 38 de la revista El Batracio Amarillo. Por estos cuatro actos de humorismo gráfico y escrito fue condenado A. Martín Merlo a multa e indemnización como autor de un delito de calumnias y de otro de injurias. Se interpuso recurso de apelación y el día 1 de abril de 2004 fue dictada sentencia por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada en virtud de la cual se desestimaban ambos recursos. En consecuencia, el dibujante que firma "Gato" está obligado a cumplir un año de prisión y a la pena de multa de 1.800 euros más otra indemnización de 6.000 euros; a lo que hay que sumar las costas procesales."
Leer la noticia al completo.
No lo entiendo, de verdad.
"Las razones que han motivado la pena de un año de cárcel para A.J. Martín Merlo y las multas asociadas fueron: una historieta más una sopa de letras satírica en las que se caricaturizaba a un alcalde rapaz, a lo que habría que sumar un pasatiempo sardónico y un epigrama elaborados con el mismo objetivo (denunciar la supuesta corrupción), todo ello publicado en el núm. 38 de la revista El Batracio Amarillo. Por estos cuatro actos de humorismo gráfico y escrito fue condenado A. Martín Merlo a multa e indemnización como autor de un delito de calumnias y de otro de injurias. Se interpuso recurso de apelación y el día 1 de abril de 2004 fue dictada sentencia por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada en virtud de la cual se desestimaban ambos recursos. En consecuencia, el dibujante que firma "Gato" está obligado a cumplir un año de prisión y a la pena de multa de 1.800 euros más otra indemnización de 6.000 euros; a lo que hay que sumar las costas procesales."
Leer la noticia al completo.
No lo entiendo, de verdad.
7 comentarios
Pablo Santiago -
No, si aún va a haber gente que se cree que la justicia es igual para todos. No pierdas la fe, Uno, porque cuando la pierdas, la caída será impresionante.
Bambolia -
Uno, lo sé. Pero no deja de resultarme chocante... no sé que hubiese pasado en la época de Larra...
Uno -
bueno, el código penal contempla la figura de injuria y calumnia... así que si ha quedado probado que alguien injurió y calumnió a alguien... pues... eso... a pagar... No es tan raro. Si alguien denuncia a alguien porque lo acusa publicamente de algo que se considera calumnia o injuría o daña su honor, pues... ya sabes :-)
Harlem -
Y en cuanto al post... es una lástima que no podamos ver las viñetas.
Anaijim -
Bambolia -
Anaijim -